Un profesor de 32 años de General Güemes era groomer, es decir una persona que con perfiles falsos se hacía pasar por otras personas e incluso familiares para acercarse a sus víctimas.
La conducta del hombre salió a la luz por la denuncia de un padre que tenía el habito de controlar el perfil de su hija en la red social Instagram. Fue en una de esas ocasiones cuando buscando controlar los perjuicios de la exposición en redes se encontró con conversaciones de contenido sexual con un perfil que simulaba ser de otro menor.
Pero detrás de ese perfil estaba el docente quien además tenía otras identidades falsas en la misma red social para contactar a diversas víctimas.
Cuando la policía llegó al domicilio del profesor salió a la luz la conducta del groomer. Del análisis de los dispositivos electrónicos secuestrados en el allanamiento de su domicilio, se constató un patrón de comportamiento alarmante. El profesor se presentaba ante las menores bajo identidades engañosas, llegando incluso a simular ser familiar de compañeros de escuela o utilizando expresiones que buscaban generar un vínculo de confianza, como llamarlas "nuera".
A través de estos contactos virtuales, solicitaba el intercambio de material íntimo y proponía encuentros físicos con las menores.
La investigación logró identificar a diez víctimas diferentes con las cuales el acusado mantuvo este tipo de comunicaciones a través de esa red social.
El proceso judicial concluyó en una audiencia flexible y multipropósito en la que se formalizó un acuerdo de juicio abreviado al que llegaron las partes. El acusado reconoció su participación en los hechos imputados y prestó su conformidad con la pena acordada.
El juez de Garantías interviniente condenó al profesor de 32 años por ser considerado autor material y penalmente responsable de diez hechos de grooming, y le impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
La naturaleza condicional de la pena implica que el cumplimiento efectivo de la prisión quedará en suspenso, siempre y cuando el condenado cumpla estrictamente una serie de reglas de conducta impuestas por el término de cuatro años.
Entre las medidas establecidas, se destacan la prohibición de acercamiento a menos de cuatrocientos metros de la víctima y su grupo familiar. Además, se le impuso la prohibición de cometer cualquier acto que sea considerado delito y de ejercer actos de violencia verbal, física o psíquica contra la víctima.
Un punto relevante para la protección de las víctimas es la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con ellas y sus familias por cualquier medio, ya sea personal, telefónico o informático.
Tampoco podrá ejercer cualquier cargo público o privado que implique tener contacto con menores de edad y se le prohibió la utilización de redes sociales a través de perfiles falsos. Finalmente se le ordenó la realización de un tratamiento psicológico y psiquiátrico.
Durante la audiencia se advirtió le advirtió que cualquier incumplimiento de estas reglas de conducta podría llevar a la revocación de la condicionalidad de la pena y al cumplimiento efectivo de los tres años de prisión.
Será incorporado al Banco de Datos Genéticos.